miércoles, 24 de abril de 2013

Créditos para la construcción o adquisición de galpones para uso industrial.


Con el objetivo de impulsar el desarrollo de las MIPyMEs de todo el territorio nacional, mediante el acceso a la unidad productiva propia, el Ministerio de Industria, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional bonifica parte de la tasa de interés de créditos otorgados por la línea “Financiamiento de Inversiones de Actividades para la MIPyME- Reglamentación  Nº 400/23” del Banco de la Nación Argentina.

Usuarios
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (conforme los parámetros establecidos en la Resolución SPME Nº 24/01, sus modificaciones y complementarias), bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de los sectores económicos, industriales, comerciales, de construcción y de servicios destinados al mercado interno o a la exportación.

Destino
Construcción o adquisición de galpones para uso industrial.

Monto del crédito
Hasta la suma de $1.500.000. La bonificación de tasa se aplicará sobre la suma de hasta $ 800.000. El monto restante hasta completar el tope de la línea se aplicará la tasa de la Reglamentación BNA  Nº 400/23.

Plazo
El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años. A partir del Sexto año,  y hasta el decimoquinto, se aplicará la tasa de la Reglamentación BNA Nº 400/23.

Periodo de Gracia
Hasta SEIS (6) meses, incluidos en el plazo de la operación.

Garantías
Garantías hipotecarias o avales de Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR)

Tasa de Interés
Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional  para acceder al beneficio de la bonificación.


Asesoramos en cómo presentar los formularios y el seguimiento del trámite para obtener el crédito.

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